Procedimiento de nuevas solicitudes y renovación de bajas temporales para el ejercicio 2025-2026.
FASE 1: SOLICITUD (PLAZO DEL 1 DE JULIO AL 31 AGOSTO)
A) RENOVACIONES: todos aquellos Socios que ya se encuentran en situación de baja temporal en este ejercicio 2024/25 NO DEBEN realizar este trámite de Solicitud. Se renovará tácitamente su condición, a la espera de posterior acreditación en la Fase 2.
B) NUEVAS SOLICITUDES: Los Socios en en situación de alta que deseen solicitar la condición de baja temporal para el ejercicio 2025/26 DEBEN SOLICITARLO mediante correo electrónico a bajastemporales@jolaseta.com indicando su nombre y apellidos, DNI, número de Socio y dirección de la nueva residencia. Se acusará recibo por mail de cada solicitud.
FASE 2: ACREDITACIÓN (PLAZO DEL 1 DE SEPTIEMBRE AL 31 DE OCTUBRE)
OBLIGATORIO para todos los Socios tanto de RENOVACION como las NUEVAS SOLICITUDES.
Se deberá remitir mediante correo electrónico a bajastemporales@jolaseta.com uno cualquiera de los siguientes 4 documentos, que deben estar fechados con posterioridad al 01/09/2025, y serán los únicos documentos válidos, para justificar la residencia fuera de la provincia de Vizcaya
- Empadronamiento municipal/internacional.
- Certificado de empresa, con la dirección completa del centro de trabajo asignado.
- Matrícula académica para el curso completo o certificado de estudios para el mismo período. No serán válidos certificados de periodos inferiores a los 9 meses.
- Certificado actualizado de arrendamiento de contrato de inmueble o residencia de estudiantes.
NOTAS IMPORTANTES:
- La facturación del 20% de la cuota correspondiente a la baja temporal del ejercicio se realizará en el mes de septiembre de 2025.
- No se admitirá ninguna nueva solicitud recibida fuera del plazo establecido (1 de julio a 31 de agosto)
- No se admitirá ninguna justificación recibida fuera del plazo establecido (1 de septiembre a 31 de octubre)
- En caso de no acreditación o de acreditación insuficiente, el Socio será dado de alta en el Club en el ejercicio en curso y deberá abonar la cuota ordinaria completa del año según su categoría y edad.
- Los Socios que regresan a Vizcaya y tramitan el alta están de alta el ejercicio completo. Todos los Socios están obligados a comunicar al Club sus cambios de residencia y a mantener actualizados todos sus datos de contacto.
- La acreditación justificativa de la residencia fuera de Vizcaya habrá de realizarse en el Club, cada año, de acuerdo al régimen establecido, y para todas las renovaciones posteriores que se precisen.