Les recordamos que, como en cada nuevo ejercicio, todos los Socios que hayan solicitado la baja temporal o bien pretendan renovar su situación de baja temporal para el presente curso, deben acreditar documentalmente su residencia fuera de la provincia de Vizcaya. El plazo límite para acreditar esta condición, previsto para el 31 de agosto, ha sido prorrogado este año hasta el 7 de noviembre de forma extraordinaria.
COMUNICACIÓN BAJAS TEMPORALES 2024-2025
En caso de no acreditación o de acreditación insuficiente, el Socio solicitante de la baja será dado de alta en el Club en el ejercicio en curso y deberá abonar la cuota ordinaria completa del año 24-25 según su categoría y edad. Esta cuota le será liquidada en el mes de enero (incluye la cuota vencida de septiembre y la cuota de enero) y en el mes de mayo.
Aclaración: El cobro habitual de las cuotas se realiza en septiembre, enero y mayo.
Muchas gracias
Comisión de Admisión